Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
21-12-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101221-101

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

OTROS ANUNCIOS

101
Baja padrón habitantes

De conformidad con lo establecido en la resolución de fecha 1 de abril de 1997, conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal, y con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento, se tramita en la actualidad expediente de baja de oficio en el padrón de habitantes de esta localidad de don Kostadin Blagoev Zdravkov, con pasaporte número 335.222.633, a instancias de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

Intentada notificación al interesado en el domicilio sito en la calle Iglesia, número 18, escalera izquierda, piso tercero, letra A, sin efecto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 30/1992, se le requiere para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, formule, alegue y/o presente cuantos documentos y justificantes considere oportunos que prueben su residencia efectiva en este municipio.

En el supuesto de no presentar de manera manifiesta su conformidad con la baja de este padrón municipal, este Ayuntamiento recabará informe favorable preceptivo al Consejo de Empadronamiento a los efectos oportunos.

En Moralzarzal, a 6 de noviembre de 2010.—El secretario, Santiago Perdices Rivero.

(02/11.570/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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