Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
21-12-2010

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101221-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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Orden de 17 de diciembre de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 45.000.000 de euros.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 17 de junio de 2010, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa autorización del Consejo de Ministros, acordó disponer la realización de varias operaciones financieras a largo plazo hasta un importe máximo de 1.121.600.767,06 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 9/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2010 y conforme al artículo 38.1 de la Ley.

Con posterioridad el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, dentro del límite autorizado por Consejo de Ministros y del límite de endeudamiento previsto en la Ley 9/1990, y conforme al citado artículo 38.1 de dicha Ley 9/2009, de 23 de diciembre, acordó el 28 de octubre de 2010, la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por un importe máximo de 300.000.000 de euros.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de octubre, y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública se considera conveniente que la Comunidad de Madrid ponga en oferta un nuevo tramo de la emisión de obligaciones a seis años al 4,622 por 100, con vencimiento el 23 de junio de 2015, cuyas condiciones se fijaron por Orden de 10 de junio de 2009 y Resolución de 17 de junio de 2009 de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, por la que se adjudica dicha emisión, al objeto de incrementar la liquidez de la emisión y de atender con esta reapertura la demanda de los inversores de valores a dicho plazo. El importe no excede de los límites autorizados por los Acuerdos del Consejo de Ministros de 19 de febrero y de 11 de junio de 2010.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 9/2009, de 23 de diciembre,

DISPONGO

Primero

Realizar la emisión de un nuevo tramo por un importe de 45.000.000 de euros de la emisión de Deuda Pública que bajo la modalidad de obligaciones a seis años al 4,622 por 100 fue emitida el 23 de junio de 2009, con vencimiento el 23 de junio de 2015.

La fecha de amortización y vencimiento de los cupones, así como el tipo de interés nominal anual y demás condiciones de la emisión serán las mismas que se establecieron en la Orden de 10 de junio de 2009, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe máximo de 350.000.000 de euros (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de junio de 2009), y en la Resolución de 17 de junio de 2009, de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, por la que se adjudica dicha emisión, con las siguientes excepciones:

— Importe: 45.000.000 de euros.

— Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 23 de diciembre de 2010.

— Cupón corrido: 2,31733151 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 1.042.799,18 euros.

— Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 94,281 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 42.426.450 euros.

— Precio de emisión incluyendo el cupón corrido: 96,59833151 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 43.469249,18 euros.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

Segunda

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en la Directora General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, la firma del contrato de suscripción de la emisión.

Tercera

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de diciembre de 2010.

El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA

(03/47.802/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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