Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
22-12-2010

Sección 2.110.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101222-61

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

Confederación Hidrográfica del Tajo

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Aprovechamiento de aguas río Tajuña

A) Solicitud de modificación de características esenciales de un aprovechamiento de aguas del río Tajuña

Se hace público que ha sido presentada en esta Confederación Hidrográfica del Tajo la petición reseñada siguiente:

NOTA EXTRACTO

Peticionario: “Chaplán, Sociedad Anónima” (CIF: A-78/597770).

Domicilio: calle Manuel Ferrero, número 21, Madrid.

Destino del aprovechamiento: producción de energía hidroeléctrica.

Corriente: río Tajuña.

Caudal total: 2.500 litros por segundo.

Potencia: 72 Kw.

Salto bruto: 3,40 metros.

Término municipal en el que radica la toma e instalaciones: Carabaña.

Provincia: Madrid.

Referencia expediente: 38.534/05; 20060084 HID Proyecto 3.568.

Descripción general de la modificación de la antigua “Central Hidroeléctrica de Chávarri”: La modificación consiste en un incremento del caudal de agua para uso hidroeléctrico, que pasará de 2.369 l/s a 2.500 l/s, instalando una nueva turbina de tipo semikaplan inclinada de funcionamiento automático dotada de compuerta de guarda, una potencia del eje de 72 kW y un diámetro de rodete de 1.000 milímetros. Asimismo, la reja de entrada a la cámara de la turbina será sustituida por una de nueva construcción. Los equipos eléctricos fundamentalmente estarán formados por un generador trifásico de potencia 90KVA, tres transformadores de aislamiento seco de relación 70/5-5 A y dos transformadores de tensión de relación 400/110 V. Se procederá a la limpieza del azud y de los canales, procediendo a la sustitución de las compuertas de regulación situadas sobre el canal, asimismo, se construirá una escala de peces adosada a la toma del canal de derivación, situado en la margen derecha del río Tajuña. El canal, de 4 metros de anchura media y una profundidad de 1 metro, será revisado en toda su longitud y reparado su enfoscado. Se modificará la pendiente del canal de descarga, de tal forma que el salto bruto se incrementará de 1,90 metros hasta los 3,40 metros.

B) Solicitud de declaración de utilidad pública a efectos de expropiación forzosa y de imposición de servidumbres

Para la rehabilitación de la minicentral promovida por “Chaplán, Sociedad Anónima” sobre el río Tajuña.

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Y conforme al texto refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de julio de 2004), al Reglamento de dominio público hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril (“Boletín Oficial del Estado” número 103, de 30 de abril) y modificado por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo; y el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, esta Confederación Hidrográfica del Tajo, ha acordado su exposición en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El plazo de la exposición es de treinta días, contados a partir de la fecha siguiente a la inserción de este anuncio en el citado BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En este plazo, quienes se consideren interesados, podrán examinar la documentación técnica de las obras e instalaciones, y su estudio de impacto ambiental en la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en Madrid, avenida de Portugal, número 81, primera planta, Servicio de Hidrología, donde estarán dichos documentos, y formular las reclamaciones que estimen procedentes.

Madrid, a 30 de septiembre de 2010.—El jefe del Servicio de Hidrología, Olivier Fuentes Arroyo.

(02/10.188/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.100.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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