Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
22-12-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101222-91

Páginas: 5


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PELAYOS DE LA PRESA

CONTRATACIÓN

91
Licencia autotaxi servicio transporte urbano viajeros

Aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria del día 3 de diciembre de 2010, el pliego de clausulas administrativas para la adjudicación de una licencia de autotaxi para el servicio de transporte urbano de viajeros, se expone al público durante un plazo de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de posibles reclamaciones.

Simultáneamente se anuncia concurso, si bien la adjudicación se aplazará cuando resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el pliego que se transcribe a continuación:

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE UNA LICENCIA DE AUTOTAXI PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO URBANO EN AUTOMÓVILES DE TURISMO EN PELAYOS DE LA PRESA

1. Objeto del contrato: El objeto de la presente convocatoria es la adjudicación por procedimiento abierto, mediante concurso, de una licencia municipal de auto taxi para el municipio de Pelayos de la Presa, de conformidad con la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid, Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo de la Comunidad de Madrid y demás normativa aplicable.

2. Condiciones Generales; Serán requisitos para la presentación de solicitudes:

— Ser mayor de dieciocho años, y no exceder de la fijada por la normativa sectorial para este tipo de actividad.

— Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.

— Estar domiciliado en el territorio de la Comunidad de Madrid.

— No padecer enfermedad infectocontagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión.

— Carecer de antecedentes penales.

— Estar en posesión del permiso de conducir de clase B o superior, así como de la autorización para conducir los vehículos a que se refiere el artículo 7.3 del Reglamento General de Conductores (BTP).

— Acreditar la titularidad del vehículo en régimen de propiedad, alquiler, arrendamiento financiero, renting u otro régimen admitido por la normativa vigente, que cumplan los requisitos previstos en el capítulo 3 del Reglamento, no superen la antigüedad de dos años desde su matriculación y el número de plazas, incluida la del conductor, no sea superior a cinco.

— Tener cubierta la responsabilidad civil por los daños que puedan ocasionarse en el transcurso del servicio, por una cuantía no inferior a 50.000.000 de euros.

— Obtener la autorización de transporte público interurbano (tarjeta de transporte clase VT).

— No ser titular de otra licencia de autotaxi o haberlo sido durante los diez años anteriores a la presentación de la solicitud.

— Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de carácter fiscal, laboral y social, incluidas las relativas a las condiciones del centro de trabajo, establecidas en la legislación vigente.

— Acreditar, en el caso de las personas jurídicas, que los conductores que prestan los servicios tienen el certificado exigido por la Ley.

— No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración Pública conforme al artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Además, con carácter específico:

l Compromiso de aportar un vehículo de la categoría de turismo, con un número máximo de plazas no superior a cinco, incluida la del conductor, debiendo figurar esta capacidad máxima tanto en el permiso de circulación como en el certificado de características.

l La antigüedad del vehículo no será superior a dos años desde la fecha de matriculación.

3. Criterios de adjudicación; los criterios objetivos para valorar la oferta económica se puntuarán conforme al siguiente baremo:

— Por cada año completo de empadronamiento en el municipio de Pelayos de la Presa, en los últimos tres años, 1 punto, con un máximo de 3 puntos; siendo requisito imprescindible estar empadronado el día de la publicación.

— Tener experiencia en el transporte de viajeros, 0,5 puntos por cada año, hasta un máximo de 3 puntos.

— Por encontrarse en situación de desempleo, 0,5 puntos por cada año hasta un máximo de 2 puntos.

— Por tener familiares a su cargo (cónyuge e hijos), 1 punto por cada uno de ellos.

— Por poseer carné de conducir superior a la clase B, 1 punto (en caso de poseer varios solo se valorará uno).

En caso de empate de puntos se dará preferencia a las mayores puntuaciones en los apartados y con el siguiente orden:

l Experiencia en el transporte de viajeros.

l Residencia en el municipio de Pelayos de la Presa.

l Antigüedad como desempleado.

Los méritos alegados por los aspirantes se acreditarán mediante certificación expedida por la Administración.

4. Pago de la tasa: el precio de la tasa determinada en la ordenanza municipal deberá ingresarse en la Tesorería Municipal, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de dicha adjudicación.

5. Garantías y gastos: se exceptúa la obligación de presentar garantía provisional y definitiva dado el carácter de la adjudicación. El adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios e impuestos que procedan.

6. Presentación de proposiciones: las proposiciones para tomar parte en el procedimiento se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en dos sobres cerrados, con la siguiente denominación:

— Sobre A. “Documentación administrativa”:

a) Solicitud conforme al modelo previsto en el Anexo I del Pliego.

b) DNI o documento que le sustituya (fotocopia compulsada).

c) Documentos que acrediten la representación: Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán copia notarial del poder de representación.

d) Declaración responsable de no estar incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se realizará conforme al Anexo I del Pliego.

e) Certificado suscrito por facultativo colegiado de no padecer enfermedad infectocontagiosa o impedimento físico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la conducción del vehículo.

f) La marca y modelo del vehículo con el que desarrollará la actividad.

g) Permiso de conducir de clase B o superior, así como de la autorización para conducir los vehículos a que se refiere el artículo 7.3 del Reglamento General de Conductores (BTP).

— Sobre B. “Documentación justificativa de los criterios de adjudicación”: la documentación justificativa del cumplimiento de los méritos alegados por los aspirantes que se contienen en la cláusula 3 del pliego, será la siguiente (original o fotocopia compulsada):

l Certificado de empadronamiento.

l Contratos de trabajo y certificado de empresa acreditativos de la experiencia en transporte de viajeros.

l Libro de familia.

l Tarjeta de demanda de empleo.

l Carné de conducir

7. Mesa de contratación: la mesa de contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, estará formada por:

— Presidente: alcalde-presidente de la Corporación.

— Vocales: un representante del grupo municipal PP, un representante del grupo municipal PSOE, un representante del grupo municipal NGVA y la secretaria interventora de la Corporación (que actuará también como secretaria de la mesa).

8. Apertura de proposiciones y adjudicación: la mesa de contratación se constituirá a las doce horas del tercer día hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, calificará la documentación administrativa contenida en los sobres “A” y se hará pública la relación de solicitantes en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que los interesados y las Asociaciones profesionales de empresarios y trabajadores puedan alegar lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos en el plazo de quince días (artículo 10 del Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo).

La mesa podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.

Posteriormente, procederá a la apertura y examen del sobre «B», clasificando según los criterios de valoración establecidos en el pliego, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y formulando la propuesta.

Una vez expirado el plazo de publicación del anuncio a que hace referencia la cláusula anterior, tanto las solicitudes como la propuesta de la mesa de contratación, se elevará al Pleno del Ayuntamiento, quien adjudicará la licencia condicionada a la obtención por parte del adjudicatario de la autorización de transporte público interurbano (tarjeta de transporte clase VT).

Se requerirá al solicitante para que en un plazo de tres meses aporte los documentos que a continuación se relacionan, con la advertencia que de no hacerlo así, la solicitud se archivará sin más trámites:

a) Justificante de afiliación y alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda, y de estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.

b) Justificante de tener en alta en Seguridad Social al menos tantos conductores como licencias posea la empresa, incluida la que ahora solicita y de que los mismos cumplen los requisitos exigidos en el artículo 32 del Reglamento de Servicios de Transporte Público Urbano en Automóviles de Turismo.

c) Justificante de alta de la actividad en el impuesto de actividades económicas o, si no está obligado a ello, en el censo de obligados tributarios.

d) Permiso de circulación del vehículo al que vaya a referirse la licencia, expedido a nombre del solicitante, salvo que se disponga del mismo en virtud de arrendamiento ordinario. En este último supuesto habrá de presentarse permiso de circulación a nombre del titular arrendador, acompañado del correspondiente contrato de arrendamiento en el que conste, al menos, su plazo de duración, la identificación del titular arrendador y su número de autorización para arrendar, y los datos del vehículo.

e) Ficha de características técnicas del vehículo, en la que conste hallarse vigente la inspección periódica exigible o, en su defecto, certificación acreditativa de tal extremo.

f) Justificante de tener cubierta en cuantía no inferior a 50.000.000 de euros su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte.

9. Derechos y obligaciones del titular de la licencia: en el plazo de sesenta días naturales contados desde la fecha de la concesión de las distintas licencias municipales, su titular vendrá obligado a prestar el servicio de forma inmediata y con el vehículo afecto al mismo.

Los derechos y obligaciones del titular de la licencia son los que nacen de este pliego, que tendrá carácter contractual, y de la licencia otorgada por el municipio, así como los derivados de la Legislación aplicable.

10. Recursos administrativos y jurisdiccionales: los acuerdos correspondientes del órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del acuerdo (artículos 109 y 118 de la Ley de Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley Jurídica).

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En Pelayos de la Presa, a 3 de diciembre de 2010.—El alcalde, Herminio Cercas Hernández.

(01/5.406/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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