Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 305

Fecha del Boletín 
22-12-2010

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101222-89

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

89
Presupuesto general ejercicio 2011

En la Secretaría General de esta entidad local, y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el Presupuesto General para el ejercicio 2011, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 17 de diciembre de 2010, por el que se considerará definitivamente aprobado si no se presentan reclamaciones durante el plazo de exposición pública, y que está integrado por:

— El presupuesto del Ayuntamiento de Móstoles, con un total en su estado de gastos que asciende a 193.755.813 euros, y un estado de ingresos que asciende a 193.755.813 euros.

— El presupuesto del organismo autónomo Patronato Municipal de Escuelas Infantiles, con un total en su estado de gastos e ingresos que asciende a 4.559.862 euros.

— El presupuesto del organismo autónomo, Gerencia Municipal de Urbanismo, con un total en su estado de gastos e ingresos que asciende a 3.938.231 euros.

— Los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades anónimas de carácter íntegramente municipal:

l “Instituto Municipal del Suelo, Sociedad Anónima”, suma 56.752.406 euros en su previsión de gastos y 55.915.419 euros en su previsión de ingresos.

l “Empresa Municipal de Promoción Económica, Sociedad Anónima”, suma 4.587.521 euros en su previsión de gastos y 4.618.903 euros en su previsión de ingresos.

l “Empresa Municipal de Aparcamiento de Móstoles, Sociedad Anónima”, suma 6.195.494 euros en su previsión de gastos y 6.206.134 euros en su previsión de ingresos.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, y por motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con la sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Móstoles, a 17 de diciembre de 2010.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/47.705/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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