Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
23-12-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101223-185

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

185
Ejecución 248 de 2009

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 248 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Pedro Chinarro Vinuesa y doña María del Mar Velayos Amo, contra la empresa “Inversiones Mirasierra, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 16 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans, resuelve: Extender la responsabilidad derivada de la presente ejecución frente a “Inversiones Codeba, Sociedad Limitada”, siguiendo adelante la misma hasta cubrir el principal y costas pendientes con los bienes y derechos de dicha empresa, además de contra los bienes y derechos de “Inversiones Mirasierra, Sociedad Limitada”, con carácter solidario.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Elena Bornaechea Morlans.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Inversiones Mirasierra, Sociedad Limitada”, e “Inversiones Codeba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.547/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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