Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
23-12-2010

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101223-216

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

216
Ejecución 190 de 2010

Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 190 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Francisco Muñoz Puga, contra la empresa “Ponsa Reformas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto de fecha 26 de octubre de 2010 y decreto de la misma fecha, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Segura Rodríguez.—En Madrid, a 26 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, don José Francisco Muñoz Puga, frente a “Ponsa Reformas, Sociedad Limitada”, por un importe de 6.953,92 euros de principal, más 417,24 euros y 695 euros calculados provisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de ulterior liquidación.

Decreto

Secretaria judicial, doña Isabel Oteo Muñoz.—En Madrid, a 26 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Trabar embargo sobre los bienes de la demandada.

Saldos depósitos y demás activos que mantenga la demandada en la entidad bancaria “Banco Español de Crédito”.

Y para su efectividad líbrese el correspondiente oficio de retención a dicha entidad diligenciándose el mismo por el Juzgado.

Librar testimonio de la presente resolución y del auto dictado con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid la efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Dar traslado al Fondo de Garantía Salarial.

Líbrense los correspondientes oficios al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad a fin de que emita certificación en que conste si existen inscritos bienes o derechos susceptibles de embargo propiedad de la ejecutada y a la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fin de que comunique a éste Juzgado si por la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido, o cualquier otro impuesto.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ponsa Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.449/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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