Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
23-12-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101223-360

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTANDER NÚMERO 1

EDICTO

360
Demanda 873 de 2009

Doña María del Carmen Martínez Sanjurjo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Santander.

Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario con el número 873 de 2009, a instancias de don Miguel Ángel Sánchez Incera, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Midat Cyclops” y “La Incenra, Sociedad Limitada”, en los que se ha dictado sentencia en fecha 2 de octubre de 2010, cuyo dispongo dice así:

Fallo

Que desestimando la demanda interpuesta por don Miguel Ángel Sánchez Incera, frente a la empresa “La Incenra, Sociedad Limitada”, “Mutua Midat Cyclops”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a los demandados de cuanto se reclama en la misma, confirmando lo resuelto en vía administrativa.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las partes que contra esta sentencia cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, debiendo efectuarlo en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia por medio de comparecencia o escrito.

Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a “La Incenra, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, libro el presente en Santander, a 22 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.314/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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