Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
23-12-2010

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101223-121

Páginas: 12


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

RÉGIMEN ECONÓMICO

121
Ordenanzas municipales de tributos y precios públicos

Transcurrido el plazo para la formulación de reclamaciones frente a la aprobación provisional, por acuerdo plenario de 21 de octubre de 2010, del expediente sobre modificaciones de ordenanzas municipales de tributos y precios públicos para el ejercicio 2011, se eleva automáticamente a definitivo el mismo al no haberse formulado reclamación alguna, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

El acuerdo provisional elevado a definitivo y el texto íntegro de las modificaciones, habrán de ser publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y editadas dentro del primer cuatrimestre del ejercicio próximo, todo ello de acuerdo con lo prevenido en los apartados 4 y 5 del citado artículo 17.

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A los efectos previstos en los artículos 17 y 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publican íntegramente las modificaciones practicadas; frente a estos actos, los interesados a que se refiere el artículo 18 del texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La interposición del recurso no suspenderá la eficacia de las modificaciones, a menos que así lo decida, en su caso, el órgano jurisdiccional.

Las presentes modificaciones, salvo que se especifique en la correspondiente ordenanza otra fecha distinta, entrarán en vigor a partir de la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, resultando de aplicación a partir del 1 de enero de 2011, permaneciendo vigentes hasta su modificación o derogación expresa.

San Sebastián de los Reyes, a 9 de diciembre de 2010.—El alcalde, Manuel Ángel Fernández Mateo.

(03/46.587/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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