Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-294

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

294
Ejecución 331 de 2010

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 500 de 2010, ejecución número 331 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Glenda Castillo Betancourt, don Dorin Mocanu, don Ángel Domingo Bustamante Muro, doña María Luisa Quispe Arango, don Sebastián Rojo Ruiz, doña Yolanda Privado Cañadilla, doña Marta Jiménez Herranz, doña Ascensión Gómez Arellano y don David Fernández Garrido, contra la empresa “Promersol Promociones de Mercado, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de ejecución de fecha 19 de noviembre de 2010, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Isabel Sánchez Peña.—En Madrid, a 19 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de los ejecutantes siguientes, cuyo principal es el que se especifica, para doña Glenda Castillo Betancourt, 10.255,86 euros; para don Dorin Mocanu, 10.769,79 euros; para don Ángel Domingo Bustamante Muro, 25.195,50 euros; para doña María Luisa Quispe Arango, 23.221,35 euros; para don Sebastián Rojo Ruiz, 37.786,22 euros; para doña Yolanda Privado Cañadilla, 26.832,12 euros; para doña Marta Jiménez Herranz, 13.929,70 euros; para doña Ascensión Gómez Arellano, 13.364,20 euros, y para don David Fernández Garrido, 13.245,75 euros, haciendo un total de 174.600,49 euros, frente a “Promersol Promociones de Mercado, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.

Decreto

Secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 19 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de bienes de la demandada “Promersol, Sociedad Limitada”, desconociéndose bienes procédase a la averiguación de los mismos a través del Punto Neutro Judicial.

En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades objeto de apremio para responder a la cantidad de 174.600,49 euros, más 34.920,10 euros que provisionalmente se calculan para intereses y costas, siendo remitidos a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.

Librándose al efecto mandamiento al Servicio Común de actos de comunicación/mandamiento a la comisión judicial para que practique el requerimiento/exhorto a la Oficina Judicial del domicilio de la ejecutada que figura en las actuaciones.

Requerir a “Promersol, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlos, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promersol Promociones de Mercado, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/46.141/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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