Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-315

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

315
Demanda 110 de 2009

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 110 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hamadi El Bouhaiqui, contra las empresas “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, “Asesoramiento contra Incendios, Sociedad Anónima”, don Ignacio Álvarez Rello y don Armand L. Betancor Álamo, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 18 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la parte actora don Hamadi El Bouhaiqui, frente a “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, y en su calidad de administradores concursales don Ignacio Álvarez Rello, don Armand L. Betancor Álamo y “Asesoramiento contra Incendios, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, a que abone al trabajador don Hamadi El Bouhaiqui la suma de 1.936,3 euros por los conceptos expresados, incrementada un 10 por 100 por mora y respecto de las de naturaleza salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2514000065, seguido del número de procedimiento y año (con dos cifras), en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.989/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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