Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-438

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 18

EDICTO

438
Despido 1.005 de 2010

Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 16 de noviembre de 2010, en el procedimiento instruido por este Juzgado de lo social a instancias de don Jónatan Cortijo Martín, contra “Cremonini Raíl Ibérica, Sociedad Anónima”, y “Compagnie Internationale des Wagons-Lits et du Tourisme, Sociedad Anónima”, en reclamación de despido, seguido con el número 1.005 de 2010, se cita a la mencionada empresa “Compagnie Internationale des Wagons-Lits et du Tourisme, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este Juzgado de lo social, sito en la calle Girona, número 2, cuarta planta, de Barcelona, el día 10 de enero de 2011, a las diez y diez horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que, caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada, podrá ser tenida por confesa.

Lo que hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

En Barcelona, a 9 de diciembre de 2010.—El secretario judicial, Jesús Solís Aragón.

(03/47.050/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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