Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2011

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110107-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

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ORDEN 2082/2010, de 9 de diciembre, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal SIADDE, Sistema de Información para Atención Domiciliaria de Dependencia.

Con el objetivo de prestar a las personas en situación de dependencia los servicios de atención domiciliaria (ayuda a domicilio y teleasistencia), incluidos en el catálogo de servicios de la Ley de Dependencia actualmente gestionados por las Entidades Locales, a través del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, se hace necesaria la creación del fichero SIADDE Sistema de Información para Atención Domiciliaria de Dependencia, como herramienta de consulta e información entre la Comunidad de Madrid y las distintas Entidades Locales que la integran.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal incluido en el ámbito de aplicación de la presente Ley se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante Orden del Consejero respectivo.

La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Esta Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo primero

Crear el fichero automatizado de datos de carácter personal previstos en el Anexo de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

Artículo segundo

En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en el Anexo a esta Orden, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de diciembre de 2010.

La Consejera de Familia y Asuntos Sociales, ENGRACIA HIDALGO TENA

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: SIADDE.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejeria de Familia y Asuntos Sociales. Dirección General de Coordinacion de la Dependencia.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (sólo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Dirección General de Coordinacion de la Dependencia.

Nombre y descripción del fichero: SIADDE. SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA ATENCIÓN DOMICILIARIA DE DEPENDENCIA.

Caracter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel alto.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono. Otros datos de carácter identificativo: Número de expediente.

— Otros tipos de datos: datos de circunstancias sociales, datos económicos, financieros y de seguros, datos de caraterlsticas personales, datos de reconocimiento de dependencia, tipo de asistencia domiciliaria.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: COMPARTIR INFORMACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD DE MADRID Y LAS DISTINTAS ENTIDADES LOCALES, CON EL OBJETIVO DE PRESTAR A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIA.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: REPRESENTANTES LEGALES. SOLICITANTES. BENEFICIARIOS.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal, Administraciones Públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— Otros Órganos de la Administración del Estado, otros Órganos de la Comunidad Autónoma, otros Órganos de la Administración Local. Administraciones Públicas en el ámbito de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

(03/48.780/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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