Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
17-01-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110117-144

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

144
Demanda 1.081 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria de lo social del número 25 de Madrid.

Hago saber: Que por decreto dictado en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Marcos Segundo Moreira Solórzano, contra “Estuco Decoración, Sociedad Limitada”, en reclamación por extinción de contrato de trabajo, registrado con el número 1.081 de 2010 y acumulado (autos número 1.523 de 2010 en materia de despido procedentes del Juzgado de lo social número 28 de Madrid), se ha acordado citar a “Estuco Decoración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 3 de febrero de 2011, a las diez y treinta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 25, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Estuco Decoración, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 27 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/658/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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