Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
17-01-2011

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110117-3

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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Orden 6365/2010, de 29 de diciembre, por la que se establece el horario del profesor responsable del servicio de biblioteca escolar, fuera del horario lectivo.

La Orden 927/2007, de 24 de mayo, de las Consejerías de Educación y de Cultura y Deportes, por la que se desarrolla el Plan Regional de Fomento de la Lectura en lo referente a la puesta en marcha y funcionamiento de la Red de Bibliotecas Escolares de la Comunidad de Madrid, en los artículos segundo y tercero, determina las actuaciones que estas deberán acometer, estableciéndose en caso de la Consejería de Educación, entre otras, la de “asegurar el apoyo de los centros educativos a la biblioteca escolar y la aceptación por parte de estos de las condiciones de funcionamiento del servicio”.

A fin de cumplir dicho compromiso y tras estos primeros años de experiencia en el desarrollo del programa de bibliotecas escolares se considera necesario que el profesor responsable del servicio de biblioteca escolar realice fuera del horario lectivo un mínimo de cuatro horas semanales agrupadas en dos días, tanto por criterios puramente organizativos del servicio como por su importante papel dinamizador en la integración de las actividades de la biblioteca en el proyecto educativo del centro.

En virtud de las competencias conferidas,

DISPONGO

Establecer el horario del profesor responsable del servicio de biblioteca escolar fuera del horario lectivo, en un mínimo de cuatro horas semanales agrupadas en dos días.

Madrid, a 29 de diciembre de 2010.—La Consejera de Educación, por delegación de firma (Orden 6263/2010, de 22 de diciembre), la Viceconsejera de Educación, Alicia Delibes Liniers.

(03/1.334/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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