Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
17-01-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110117-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

171
Demanda 856 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 856 de 2010-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Eugenia Camacho Serrano, contra las empresas “Limpiezas y Jardines La Cañada, Sociedad Limitada”, y “Servicios a Comunidades MOVI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la sentencia número 666 de 2010, de fecha 2 de diciembre de 2010, siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Eugenia Camacho Serrano, frente a las mercantiles “Limpiezas y Jardines La Cañada, Sociedad Limitada”, y “Servicios a Comunidades MOVI, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la trabajadora y condeno a las empresas demandadas, solidariamente, a que opten en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, mediante escrito o comparecencia ante la oficina del Juzgado, entre la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido o a que indemnicen a la trabajadora en la suma de 3.122,21 euros y, en ambos casos, al abono de los salarios de tramitación desde el día 5 de junio de 2010 hasta la fecha de la notificación de la sentencia, a razón de 28,71 euros diarios, descontando los días trabajados para la empresa “Limpec 21, Sociedad Anónima”, conforme a la vida laboral de la actora.

En el caso de no efectuarse la opción aludida, se entenderá que las empresas demandadas optan por la readmisión de la trabajadora.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas y Jardines La Cañada, Sociedad Limitada”, y “Servicios a Comunidades MOVI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 9 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/48.181/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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