Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110118-225

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

225
Ejecución 408 de 2010

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 408 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Moreno Ciudad, don Acisclo Moreno Ciudad y doña Alexandra Fernández Peinado, contra la empresa “Króner Cartón, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado con fecha 13 de diciembre de 2010, auto y decreto despachando ejecución, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Dispongo: Despachar orden de general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Antonio Moreno Ciudad, don Acisclo Moreno Ciudad y doña Alexandra Fernández Peinado, frente a “Króner Cartón, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por 141.813,28 euros de principal, más otros 14.182 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a “Króner Cartón, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cinco días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y, derechos de la parte ejecutada, “Króner Cartón, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Requerir de pago por las cantidades relacionadas en el hecho único de la presente resolución a “Króner Cartón, Sociedad Limitada”, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta, librándose al efecto.

Notifíquese la presente resolución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Króner Cartón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 13 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/48.315/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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