Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110118-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

210
Demanda 1.038 de 2010

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.038 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Antonia Sánchez González, contra la empresa “Diszulega, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 493 de 2010

En Madrid, a 13 de diciembre de 2010.—Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña María Antonia Sánchez González, que comparece, y de otra, como demandada, “Diszulega, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña María Antonia Sánchez González, frente a “Diszulega, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido impugnado, condenando a la demandada a que a su opción, y dentro del plazo legal, readmita a la actora en sus anteriores condiciones de trabajo o le indemnice en la suma de 126,78 euros, con abono, en todo caso, de los salarios de tramitación devengados desde el 17 de mayo de 2010 hasta la notificación de la presente, a razón de 33,81 euros/día.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Diszulega, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 13 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/48.525/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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