Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110118-110

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

110
Ejecución 161 de 2010

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 161 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ciprián Pop, doña María Anca Andor y don Marius Petre Teodor, contra la empresa “Pizza y Laín, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado decreto y auto de ejecución, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Decreto

Secretaria judicial, doña Enriqueta Salvador Fernández.—En Madrid, a 13 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Proceder a la averiguación a través del Punto Neutro Judicial de bienes de la demandada, y verificado se acuerda el embargo de los bienes de “Pizza y Laín, Sociedad Limitada”, en cuantía suficiente para cubrir el importe de 20.185,84 euros en concepto de principal, más otros 4.037,16 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.

Para la efectividad del embargo ofíciese oportunamente a las entidades bancarias, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a fin de que procedan a la retención de posibles cantidades disponibles.

Requerir a “Pizza y Laín, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cinco días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a la Oficina de Averiguación Patrimonial a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Pizza y Laín, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Pilar Varas García.—En Madrid, a 13 de diciembre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Ciprián Pop, doña María Anca Andor y don Marius Petre Teodor, frente a “Pizza y Laín, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 20.185,84 euros en concepto de principal, más otros 2.018,58 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y 2.018,58 euros en concepto de costas que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pizza y Laín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 13 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/48.670/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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