Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 14

Fecha del Boletín 
18-01-2011

Sección 1.2.180.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110118-5

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

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RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2011, del Rector, por la que se hace pública la convocatoria, por el sistema de Libre Designación, de la plaza de personal laboral puesto funcional de Director/a de Tecnologías de la Información.

Como consecuencia de la próxima vacante del puesto de trabajo cuyas características se especifican en el Anexo I a esta Resolución, determinado en la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Universidad Autónoma de Madrid.

Este Rectorado, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre de 2003), modificados por Decreto 94/2009, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de diciembre), y de conformidad con el artículo 36 del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, publicado por Resolución de 25 de noviembre de 2005, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de enero de 2006), ha resuelto anunciar la cobertura, mediante el procedimiento de Libre Designación, con arreglo a las siguientes:

BASES

Primera

Podrán participar, en régimen de convocatoria interna, los trabajadores de Grupo A, incluidos en el ámbito de aplicación del Convenio, que tengan relación jurídico-laboral de carácter indefinido y se encuentren en situación de servicio activo. De no cubrirse el puesto en régimen de convocatoria interna, se procederá a la selección entre los candidatos que participen con carácter libre, con sujeción a lo señalado para tal circunstancia por los artículos 36, 37 y 38 del vigente Convenio.

Segunda

Las solicitudes, cuyo modelo aparece como Anexo II a esta Resolución y que podrá obtener el interesado igualmente en la dirección http://www.uam.es, se dirigirán al Rector Magnífico de la Universidad Autónoma de Madrid y se presentarán en la Oficina General de Registro, Rectorado del Campus de Cantoblanco, calle Einstein, número 3 (28049 Madrid) o a través de las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercera

A las citadas solicitudes se deberá acompañar para el régimen de convocatoria interna un certificado del responsable del Servicio de Personal de Administración y Servicios de la Universidad en la que preste sus servicios en el que se especifiquen los requisitos generales exigidos en el Anexo I. Para la selección con carácter libre se acompañará currículum vítae, en el que harán constar los títulos académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, especialmente referidos a los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto.

Cuarta

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido con la legislación vigente.

Madrid, a 14 de enero de 2011.—El Rector, PD (Resolución de 23 de julio de 2009, del Rector, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto de 2009), el Gerente, Pedro García Moreno.

ANEXO I

ORGANISMO: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

Código del puesto: 7003PF1.

Unidad: Tecnologías de la Información.

Denominación del puesto: Director/a.

Grupo: A.

Nivel salarial: 23 (Anexo I, tabla 1.2, del vigente Convenio).

Horario: Jornada disponibilidad horaria.

Requisitos generales:

— Acceso interno: Grupo A, con relación jurídica-laboral de carácter indefinido y en situación de servicio activo.

— Acceso libre: Titulado/a superior.

Experiencia evaluable:

— Experiencia de cinco años en un entorno de trabajo de organización de servicios informáticos en organizaciones de tamaño medio o grande.

— Capacidad de comunicación, negociación y liderazgo, y orientación profesional a la satisfacción de los usuarios.

— Experiencia en procesos de mejora de calidad aplicados a los servicios informáticos.

— Experiencia en gestión de proyectos orientados a la aplicación de Internet como plataforma de servicios autogestionados.

Funciones a desempeñar:

— Organización de los servicios informáticos de apoyo a la docencia e investigación.

— Gestión de las infraestructuras informáticas, de comunicaciones y de audiovisuales.

— Soporte a las aplicaciones corporativas de Administración.

— Promoción de la innovación en el uso de las TIC en la Universidad.

— Gestión de presupuestos, recursos humanos y relaciones con profesores y alumnos.

Formación adicional:

— Conocimiento de los procedimientos de contratación de la Administración Pública.

— Funcionamiento y procedimientos asociados a herramientas tipo Help-Desk y CRM.

— Herramientas de ayuda a la toma de decisiones.

— Habilidades y experiencias previas en el sector informático y en el trato con suministradores de equipos y servicios informáticos.

— El conocimiento del funcionamiento de una Universidad pública es deseable, así como un buen nivel de inglés que permita una fluida comunicación.

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(03/1.868/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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