Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110122-78

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

78
Ejecución 292 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 708 de 2009, ejecución número 292 de 2009, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Rodríguez Cano y doña María Ángeles González Hernández, contra la empresa “Servicio Técnico Satema, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto, decreto de ejecución y decreto de acumulación de fecha 30 de julio de 2010, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Isabel Sánchez Peña.—En Madrid, a 30 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante doña María Ángeles González Hernández, frente a “Servicio Técnico Satema, Sociedad Limitada”, por un importe de 22.023,39 euros de principal, más otros 4.404,68 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y las costas que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de estas, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Decreto

Secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 30 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de los bienes de “Servicio Técnico Satema, Sociedad Limitada”, librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad.

Requerir a “Servicio Técnico Satema, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cinco días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, cayo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no devele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Proceder a la averiguación de bienes de la ejecutada por medio del Punto Neutro Judicial.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Servicio Técnico Satema, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondiente.

Notifíquese la presente resolución.

Decreto

Secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 30 de julio de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Acumular a la presente ejecución la ejecución seguida en este mismo órgano judicial, con el número 579 de 2009, ejecución número 293 de 2009.

Ascendiendo el principal acumulado a la cantidad de 69.032,93 euros, de los cuales corresponden a don Miguel Rodríguez Cano 47.009,54 euros y a doña María de los Ángeles González Hernández 22.023,39 euros.

La cantidad resultante para intereses y costas asciende a 13.806,59 euros.

Diligencia.—En Madrid, a 13 de septiembre de 2010.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha recibido resguardo de ingreso de la demandada de fecha 13 de septiembre de 2010, por importe de 13,42 euros, en autos reseñados, seguidos a instancias de don Miguel Rodríguez Cano y otro, contra “Servicio Técnico Satema, Sociedad Limitada”, sobre despido.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 13 de septiembre de 2010.

Visto el contenido de la anterior diligencia, procédase a practicar el correspondiente reparto por la secretaria, y requiérase a los actores para hacerles efectivas las cantidades siguientes: a don Miguel Rodríguez Cano, 9,14 euros y a doña María Ángeles González Hernández, 4,28 euros, como parte del principal adeudado.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicio Técnico Satema, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/802/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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