Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 22

Fecha del Boletín 
27-01-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110127-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

93
Demanda 1.255 de 2009

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.255 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fredi Alfonso Lanchi Gonzaga, don Celiano Benítez Cango y don Salvador Quinque Benítez, contra la empresa “Krysfer Obras y Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Debo declarar y declaro con esta fecha extinguida la relación laboral existente entre don Fredi Alonso Lanchi Gonzaga, don Celiano Benítez Cango y don Salvador Quinche Benítez y “Krysfer Obras y Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, condenando a dicha empresa demandada a que abone:

A don Fredi Alonso Lanchi Gonzaga, las cantidades de 2.920,39 euros, en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 11.315,07 euros, equivalente a los salarios de tramitación que median desde la fecha del despido hasta la de esta resolución descontando los periodos trabajados en otras empresas.

A don Celiano Benítez Cango, las cantidades de 3.151,16 euros, en concepto de indemnización por los perjudicados causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 21.057,18 euros, equivalente a los salarios de tramitación que median desde la fecha del despido hasta la de esta resolución descontando los periodos trabajados en otras empresas.

A don Salvador Quinche Benítez las cantidades de 3.151,16 euros, en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 8.155,95 euros, equivalente a los salarios de tramitación que median desde la fecha del despido hasta la de esta resolución descontando los periodos trabajados en otras empresas.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Krysfer Obras y Rehabilitaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.208/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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