Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
01-02-2011

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110201-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVAS DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Reglamento servicio cementerio y tanatorio municipal

Aprobada definitivamente la modificación del Reglamento del Servicio de Cementerio y Tanatorio Municipal, se procede a la publicación del texto de la modificación.

Desde el inicio del artículo 28 hasta el fin del apartado 1 queda como sigue:

«Artículo 28. Normas sobre ejecución de obras e instalaciones ornamentales.—Las empresas que pretendan realizar cualquier clase de instalación y obra en las unidades de enterramiento y parcelas, deberán atenerse a las normas que dicte el Ayuntamiento, en especial las siguientes:

1. Empresas autorizadas:

a) La instalación de lápidas, revestimientos, adornos, etcétera, de sepulturas solo podrá realizarse por empresas que cuenten con la autorización previa municipal.

b) La autorización a empresas para intervenir en el cementerio se realizará previa presentación de solicitud de la misma, que incluirá el depósito de una fianza de 6.000 euros, que será revisada anualmente.

c) La fianza anterior servirá para responder de los desperfectos que se puedan ocasionar al cementerio o a sus instalaciones, de los daños que puedan ocasionarse por las empresas a terceros con motivo de las obras que ejecuten en el cementerio, la no retirada de escombros o materiales una vez finalizada la obra, la adecuación y remate entre los pasillos, ejecución de drenajes, etcétera. Estas obras serán realizadas por las empresas bajo la dirección del Ayuntamiento o por el mismo de forma subsidiaria».

Contra esta aprobación podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Navas del Rey, a 13 de diciembre de 2010.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.

(03/2.283/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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