Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
01-02-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110201-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Ordenanza fiscal tasa servicio distribución agua

Publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de fecha 2 de diciembre de 2010, el anuncio del acuerdo de aprobación provisional del establecimiento de la siguiente ordenanza fiscal:

a) Ordenanza fiscal número 18, reguladora de la tasa por prestación del servicio de distribución de agua y por las actividades municipales relacionadas con la prestación de dicho servicio.

Sin que durante el plazo de exposición pública se hayan presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el mencionado acuerdo, publicándose a continuación el texto íntegro, que entrará en vigor una vez producida la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la fecha que se indica en la ordenanza:

Art. 8. Tarifa.—Se introduce un nuevo apartado, el 5 bis, que queda redactado de la siguiente manera:

“Para realizar el cambio de titularidad deben estar liquidados y pagados todos los recibos por suministro de agua.”

Entrada de vigor: la presente modificación entrará en vigor al día siguiente al de la publicación de su texto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Colmenarejo, a 17 de enero de 2011.—La alcaldesa, María Isabel Peces-Barba Martínez.

(03/2.148/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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