Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2011

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110204-81

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BELMONTE DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

81
Expedientes modificación créditos

El Pleno del Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, en sesión extraordinaria urgente, celebrada el día 2 de febrero de 2011, acordó la aprobación inicial de los expedientes de modificación de créditos en la modalidad de créditos extraordinarios y suplementos de créditos financiados mediante bajas de créditos de otras partidas, con el siguiente resumen por capítulos.

Presupuesto de gastos

1. Suplemento de crédito:

— Altas:

1-130 Personal laboral: 25.000 euros.

1-160 Seguridad Social: 10.000 euros.

— Bajas:

3-22699 Festejos: 35.000 euros.

2. Suplemento de crédito:

— Altas:

1-120 Retribuciones básicas: 10.000 euros.

1-121 Retribuciones complementarias: 18.000 euros.

1-160 Seguridad Social: 7.000 euros.

— Bajas:

1-210 Infraestructuras y bienes naturales: 35.000 euros.

3. Crédito extraordinario:

— Altas:

3-141 Otro personal: 35.000 euros.

3-160 Seguridad Social: 10.000 euros.

— Bajas:

1-203 Maquinaria, instalaciones y utillaje: 45.000 euros.

4. Crédito extraordinario:

— Altas:

3-131 Personal laboral: 40.000 euros.

3-160 Seguridad Social 15.000 euros.

— Bajas:

1-210 Infraestructuras y bienes naturales: 55.000 euros.

5. Crédito extraordinario:

— Altas:

0-310 Intereses: 10.000 euros.

0-91 Amortización de capital: 19.000 euros.

— Bajas:

1-210 Infraestructuras y bienes naturales: 29.000 euros.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Belmonte de Tajo, a 3 de febrero de 2011.—La alcaldesa, Ana María Pinós Sangonzalo.

(03/4.225/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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