Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2011

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110204-89

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

89
Modificación ordenanza fiscal número 12, reguladora tasa por utilización espacios públicos y dependencias municipales

Transcurrido el plazo para presentación de alegaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada con fecha 25 de noviembre de 2010, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 178, de 14 de diciembre de 2010, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal número 12, reguladora de la tasa por utilización de espacios públicos y dependencias municipales, se eleva a definitivo dicho acuerdo, lo que se hace público, publicándose el texto.

Visto que en estos días se va a inaugurar el nuevo centro sociocultural “Dos de Mayo”, con su puesta en funcionamiento se hace necesario la aprobación de las tasas por su utilización, así como la derogación de las existentes hasta la fecha, por la utilización del centro sociocultural “Príncipe de Asturias”; dado que este queda como sede de la Mancomunidad 2016, por ello es por lo que se propone la modificación de la ordenanza número 12, reguladora de la tasa por utilización de espacios públicos y dependencias municipales, en los siguientes términos:

Artículo 1.o Fundamento legal.—Donde dice: “... de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales”; debe decir: “... de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Reguladora de las Haciendas Locales”.

Modificación del artículo 2.o, naturaleza y hecho imponible, en su epígrafe 2, donde dice: «Aulas y dependencias del centro sociocultural “Príncipe de Asturias”, para realización de actividades con ánimo de lucro»; debe decir: «Aulas y dependencias del centro sociocultural “Dos de Mayo”, para realización de actividades con ánimo de lucro».

Y epígrafe 3, donde dice: «Exposiciones del centro sociocultural “Príncipe de Asturias”»; debe decir: «Exposiciones del centro sociocultural “Dos de Mayo”».

Artículo 4.o, cuantía y devengo, epígrafe número 2, derogar el epígrafe existente que se refería al centro sociocultural “Príncipe de Asturias”, y quedando en su nueva redacción como sigue:

Art. 4.o Cuantía y devengo.—Tarifas.

Modificar el epígrafe 2, aulas y dependencias del centro sociocultural “Dos de Mayo”:

— Aula (1, 2, 3, 4, 5 y 6):

l Coste hora: 15 euros.

l Media jornada (cuatro horas): 50 euros.

l Jornada completa (ocho horas): 90 euros.

— Sala de exposiciones:

l Coste hora: 25 euros.

l Media jornada (cuatro horas): 80 euros.

l Jornada completa (ocho horas): 150 euros.

l Semana: 310 euros.

No se pagará alquiler por la sala de exposiciones siempre que se trate de exposiciones de carácter sociocultural sin ánimo de lucro con entrada gratuita.

Modificar el epígrafe 3, exposiciones en el salón de actos del centro sociocultural “Dos de Mayo”:

— Coste hora: 25 euros.

— Media jornada (cuatro horas): 80 euros.

— Jornada completa (ocho horas): 150 euros.

— Semana: 310 euros.

No se pagará alquiler por el salón de actos siempre que se trate de exposiciones de carácter sociocultural sin ánimo de lucro con entrada gratuita.

Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, entrará en vigor tras su publicación, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

Fuente el Saz de Jarama, a 19 de enero de 2011.—La alcaldesa, Mónica García Carabias.

(03/2.767/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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