Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 29

Fecha del Boletín 
04-02-2011

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110204-85

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BOALO

RÉGIMEN ECONÓMICO

85
Notificación colectiva tributos

De conformidad con lo prevenido en los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódico por recibo que más adelante se detallarán, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo en cualquier oficina del territorio nacional de las siguientes entidades autorizadas: “Caja Madrid” y “La Caixa”.

Los documentos necesarios para efectuar el pago serán remitidos a los domicilios fiscales de los obligados al pago quienes, en caso de no recibirlos, extraviarlos u otras circunstancias, podrán solicitar la expedición de un duplicado en las Oficinas Recaudadoras del Ayuntamiento sitas:

En el Boalo, plaza de la Constitución, número 1.

En Cerceda, plaza Mayor, número 2.

En Mataelpino, plaza de España, número 6.

La recaudación de los tributos correspondientes al año 2011 se llevará a cabo en las siguientes fechas:

— Del 1 de febrero al 31 de marzo de 2011:

l Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2011.

— Del 1 de marzo al 3 de mayo de 2011:

l Tasa de recogida de basura domiciliaria 2011.

— Del 1 de mayo al 30 de junio de 2011:

l Primera fracción del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2011.

— Del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011:

l Segunda fracción del Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana 2011.

l Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica 2011.

l Impuesto sobre actividades económicas 2011

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio de cada período voluntario.

Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En El Boalo, a 4 de enero de 2011.—La alcaldesa, Carmen Díaz Carralón.

(02/147/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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