Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 32

Fecha del Boletín 
08-02-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110208-155

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Ejecución 63 de 2010

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 63 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Cañizares Muñoz, contra la empresa “Grupo Inmobiliario Arcediano, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas en su tenor literal son las siguientes:

Recibida la anterior certificación del Registro de la Propiedad número 16 de Madrid, únase a los autos de su razón y, en su virtud, ratifíquese el embargo practicado en resolución de fecha 13 de octubre de 2010 (artículo 257.1 de la Ley de Procedimiento Laboral), y procédase a la valoración pericial del bien embargado (finca número 119.500) en los términos de los artículos 259 y concordantes de la Ley de Procedimiento Laboral, designándose al efecto por este Juzgado al perito que por turno corresponda de los adscritos a la Oficina de Peritos Judiciales.

Dese conocimiento de dicho nombramiento a las partes y terceros que conste tengan derechos sobre el bien a tasar, para que dentro del segundo día siguiente a la notificación puedan designar otros por su parte, con la prevención de que transcurrido dicho término sin ejercitar este derecho perderán la facultad de designarlos con posterioridad.

Líbrese, asimismo, oficio a la referida Oficina de Peritos Judiciales, a fin de que procedan al desempeño de su cometido en el plazo máximo de ocho días, con traslado de copias de los bienes embargados.

Por recibido el anterior sobre devuelto, adjuntando la notificación a la entidad demandada de fecha 13 de octubre de 2010, con resultado desconocido, en la dirección de la calle Nuria, número 59, oficina K, de Madrid, únase y notifíquese la citada resolución a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos y del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en previsión.

Decreto

Secretario judicial, don Alfonso Lozano de Benito.—En Madrid, a 13 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Finca urbana número 119.500.—Apartamento bajo A, situado en la planta baja del edificio en construcción en Madrid, en la calle Carrascales, número 15. Se compone de salón-comedor-cocina, dos dormitorios y un cuarto de baño. Este apartamento tiene una terraza ajardinada con una superficie de 27,50 metros cuadrados a la que se accede por uno de los dormitorios. Tiene una superficie construida, sin inclusión de elementos comunes, de 47,90 metros cuadrados. Linda: frente, por donde tiene entrada, zona común; derecha entrando, con fachada de la calle de su situación, esto es, calle Carrascales, número 15; izquierda, entrando, con el apartamento de su misma planta bajo B y muro de medianería, y fondo, con muro de medianería que separa de la finca situada en la calle Carrascales, número 17.

Anejo: a esta vivienda le corresponde como anejo el siguientes cuarto trastero, situado en la planta bajo cubierta del edificio: cuarto trastero señalado con el número 3.

Cuota: le corresponde una cuota de participación en los elementos comunes de 15,82 por 100.

Cargas: gravada por procedencia con la hipoteca de la inscripción quinta de la finca matriz número 30.087 y con las notas de afección fiscal que constan al margen de las inscripciones cuarta, quinta y sexta de dicha finca matriz. Sujeta a los estatutos pactados en la inscripción sexta de la repetida finca matriz. Forma parte de la finca número 30.087, al folio 199 del tomo 1.534, inscripción sexta.

Propiedad de “Grupo Inmobiliario Arcediano, Sociedad Limitada”, por título de compra. Escritura pública de fecha 7 de mayo de 2004, otorgada en Madrid, por don Ignacio Martínez-Gil Vich para responder de la cantidad de 9.071,06 euros de principal, más 544 euros de intereses y 907 euros de costas, calculados en ambos casos provisionalmente, para este procedimiento seguido a instancias de don Miguel Ángel Cañizares Muñoz, con documento nacional de identidad número 4161009-X, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Venero, número 6, Gamonal (Toledo), contra “Grupo Inmobiliario Arcediano, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-19186956, con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Padilla, número 42, de Madrid.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente decreto.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Inmobiliario Arcediano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.137/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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