Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
09-02-2011

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110209-185

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

COLEGIO PROFESIONAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID

185
Pliego cargos sanción disciplinaria

Este Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid pone en conocimiento del colegiado número 05808, don Jaime Bandrés Lopera, que por designación efectuada por acuerdo de Junta de Gobierno, de 14 de septiembre de 2010 (acta 341), y habiendo visto los antecedentes facilitados por la Comisión de Disciplina de Colegiados, como consecuencia de la denuncia formulada por la comunidad de propietarios de calle Arroyo de las Pilillas, número 39, 28030 Madrid, contra su actuación profesional al frente de la misma, y considerando que pudieran ser constitutivos de sanción disciplinaria en base a lo previsto en los vigentes estatutos, se ha formulado el siguiente pliego de cargos, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Considerando que pudieran ser constitutivos de sanción disciplinaria en base a lo previsto en los vigentes estatutos, se le formulan los siguientes cargos:

1.o Artículo 34, apartado 2, letra M), de los estatutos, y en el artículo 6, apartado 2, letra D), del reglamento, “El incumplimiento de los acuerdos tomados en junta de propietarios en materias profesionales”.

2.o Artículo 34, apartado 3, letra D), de los estatutos, y en el artículo 6, apartado 3, letra D), del reglamento, “El incumplimiento reiterado de las instrucciones corporativas de carácter general sobre encuestas, estadísticas e informes o cualquier otra actitud demostrativa de persistente falta de colaboración colegial, salvo causa justificada”.

Se le concede la preceptiva audiencia para que pueda examinar el expediente, pudiendo alegar defensa o descargo, cuando convenga a sus intereses, por escrito, en el plazo de quince días, contados a partir de la notificación de esta resolución, aportando los medios probatorios oportunos.

Asimismo, se recomienda que de no designar usted otro defensor en el plazo de cinco días se designará uno de oficio.

Madrid, a 4 de enero de 2011.

(02/662/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS

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