Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
09-02-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110209-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

99
Procedimiento ordinario 517 de 2002

Don Fernando Pérez Gil de la Serna, secretario del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ordinario número 517 de 2002, seguidos ante este Juzgado a instancias de doña Dolores Pérez Sánchez, contra don José María Muñoz Patiño y “Muñoz Obras y Reformas”, se han dictado sentencia y auto, cuyos encabezamientos y partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Han sido vistos por la ilustrísima señora doña Virginia Villanueva Cabrer, magistrada-juez de primera instancia del número 39 de los de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 517 de 2002, promovidos a instancias del procurador don Francisco Javier Pozo Calamardo, en nombre y representación de doña Dolores Pérez Sánchez, defendida por la letrada doña Yolanda de Miguel Carrete, contra “Muñoz Obras y Reformas” y don José María Muñoz Patiño, representado por la procuradora doña Ana Belén Gómez Murillo y asistido por la letrada doña Ana María Bejarano Rúa, sobre resolución de contrato e indemnización de daños y perjuicios, recayendo en ellos la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por doña Dolores Pérez Sánchez, contra don José María Muñoz Patiño y “Muñoz Obras y Reformas”, debo condenar y condeno a los demandados, solidariamente, a abonar a la parte actora la cantidad de 6.500 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados, y las costas causadas en el presente procedimiento.

Auto

Único.—Se ha solicitado por la representación de la parte actora doña Dolores Pérez Sánchez se aclarara la sentencia dictada en las actuaciones al existir un error de hecho en la sentencia, puesto que al estimarse el “petitum subsidiario” de la demanda en su integridad el demandado ha de ser condenado al pago de 11.581,5 euros, más intereses y costas, y no al pago de la cantidad fijada en la sentencia.

Parte dispositiva:

Se sustituye en su integridad el fallo de la sentencia dictada en las actuaciones el día 8 de enero de 2004 por el siguiente:

«Que estimando íntegramente la demanda formulada por doña Dolores Pérez Sánchez, contra don José María Muñoz Patiño y “Muñoz Obras y Reformas”, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento concertado por las partes en fecha 8 de junio de 1998 y debo condenar y condeno a los demandados, solidariamente, a abonar la cantidad de 11.581,05 euros, intereses legales y costas del procedimiento.»

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que sirva de notificación en forma a la demandada “Muñoz Obras y Reformas”, se extiende la presente.

En Madrid, a 19 de enero de 2011.—El secretario (firmado).

(02/617/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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