Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 35

Fecha del Boletín 
11-02-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110211-262

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

EDICTO

262
Ejecución 369 de 2010

Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de ­Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 369 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mohamed Bartit, contra doña María del Carmen Mesa Díaz y “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María del Pilar Martínez Gamo.—En Toledo, a 10 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de título judicial a favor de la parte ejecutante don Mohamed Bartit, frente a doña María del Carmen Mesa Díaz y “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 2.905,71 euros en concepto de principal, más otros 550 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

La ejecución se entenderá ampliada automáticamente si, en las fechas de vencimiento, no se hubieren consignado a disposición de este órgano judicial las cantidades correspondientes a los vencimientos que se produzcan.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Decreto

Secretario judicial, don José Manuel Recio Nuero.—En Toledo, a 10 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, y habiendo sido declarada doña María del Carmen Mesa Díaz en situación de insolvencia en el procedimiento de ejecución de este Juzgado número 167 de 2009, acuerdo: El embargo de bienes de “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, en cantidad suficiente para cubrir las sumas por las que se despachado ejecución.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes, requiriendo previamente por plazo de cuatro días a la parte ejecutante a fin de que manifieste la cédula de identificación fiscal de la ejecutada, sin cuyo requisito no se puede llevar a efecto lo acordado.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 4321/0000/64/0369/10 abierta en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña María del Carmen Mesa Díaz y “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 10 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.399/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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