Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
14-02-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110214-182

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

182
Demanda 884 de 2009

Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 884 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don El Mokhtar Garti y don Abdelkader Garti Garti, contra las empresas “Lutegar Servicios, Sociedad Limitada”, y “Sysmas-3, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para los actos de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 4 de abril de 2011, a las doce cuarenta y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Marqués de Mendigorría, número 2, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a las demandadas y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Ha lugar al interrogatorio de las demandadas, debiendo los representantes legales comparecer personalmente al acto de la vista.

Se requiere a las empresas demandadas a fin de que aporten la documentación solicitada en el escrito de la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, expresándose la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma doña María Pilar Martínez Gamo, ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 2 de Toledo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Lutegar Servicios, Sociedad Limitada”, y “Sysmas-3, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 14 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.492/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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