Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
14-02-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110214-173

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BADAJOZ NÚMERO 3

EDICTO

173
Despido 808 de 2010

Doña Susana Magadaleno Pozo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Badajoz.

Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 808 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Francisco Alberto Fuentes Flores contra la empresa “Transportes Frigoríficos Francisco Córdoba”, “Transportes Frigoríficos Córdoba, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña Susana Magdaleno Pozo.—En Badajoz, a 18 de enero de 2011.

Habiéndose devuelto la documental remitida al Juzgado decano de Coslada, por la que participa el resultado negativo de la diligencia de notificación y citación, a la empresa demandada “Transportes Frigoríficos Córdoba, Sociedad Limitada”, y constando en la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social que la mercantil antedicha, ha causado baja, y de conformidad con lo establecido en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo:

Citar y notificar a la mercantil demandada antedicha por medio de edictos, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial hasta el día señalado para el juicio, y la publicación de un extracto suficiente de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes.

Igualmente, el 16 de septiembre de 2010, se dictó la siguiente resolución: decreto de la secretaria judicial doña Susana Magdaleno Pozo, en Badajoz, a 16 de septiembre de 2010.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Don Francisco Alberto Fuentes Flores ha presentado demanda de despido frente a “Transportes Frigoríficos Francisco Córdoba” y “Transportes Frigoríficos Córdoba, Sociedad Limitada”.

Segundo.—La demanda ha sido turnada a este Juzgado de lo social número 3, de Badajoz.

Fundamentos de derecho:

Único.—Examinados los requisitos formales de esta demanda procede su admisión y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley de Procedimiento Laboral señalo el día 6 de abril de 2011, a las doce y diez horas para la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Admitir la demanda presentada.

Señalar para el día 6 de abril 2011 a las doce y diez horas para la celebración del acto de conciliación ante la secretaria judicial, y para la celebración, en su caso, del acto de juicio.

Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la secretaria judicial en el primer caso y la magistrada-juez en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda; y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando estos sin necesidad de declarar su rebeldía.

A las otrosi digo del escrito de demanda, como se solicita, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que este deberá proponerla y en su caso, la jueza admitirla en el acto de juicio, artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría del señalamiento efectuado por la secretaria judicial encargada de la Agencia Programada de Señalamientos.

Notifíquese a las partes.

Igualmente, se ha dictado la siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

Tribunal que ordena citar: Juzgado de lo social número 3 de Badajoz.

Asunto en que se acuerda: despido/ceses en general 808 de 2010.

Persona a la que se cita: “Transportes Frigoríficos Córdoba, Sociedad Limitada”, como parte demandada.

Objeto de la citación: asistir en esa condición al/los acto/s de conciliación, y en su caso, juicio. Y también, si la parte contraria lo pide, y la juez lo admite, contestar al interrogatorio que aquella pueda formular.

Lugar en que debe comparecer: en la Sede de esta oficina judicial, calle Zurbarán, número 10, de Badajoz.

Día y hora en la que debe comparecer: 6 de abril de 2011, a las doce y diez horas para el acto de conciliación y, en su caso, juicio.

Prevenciones legales

1. La incomparecencia del demandado, debidamente citado, no impedirá la celebración de los actos de conciliación, y en su caso, juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2. Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

3. Debe asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si precisara de alguna otra prueba que requiriera la práctica de alguna diligencia por esta oficina judicial, deberá solicitarla con una antelación de diez días a la fecha señalada para el acto del juicio (artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4. Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas la aportación al acto del juicio de los siguientes documentos: los reseñados en el escrito de demanda.

Se le advierte que si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

5. Debe comunicar a esta oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.4 párrafo primero de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6. También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que se le convoca (artículos 83.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 188 Ley de Enjuiciamiento Civil).—En Badajoz, a 16 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Transportes Frigoríficos Córdoba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Badajoz, a 18 de enero de dos 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.329/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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