Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110215-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

EDICTO

121
Procedimiento ordinario 1.305 de 2007

En el procedimiento ordinario número 1.305 de 2007, sobre otras materias, se ha dictado sentencia con fecha 28 de julio de 2010, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por don Miguel Ángel Romero García, representado por el procurador don Miguel Ángel Aparicio Urcia, contra “Cyapart Promociones, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro el cumplimiento de la obligación de pago del precio de las viviendas adquiridas por el demandante para su sociedad ganancial, objeto de litis, por compensación de créditos, reconociéndose el derecho a percibir de la entidad demandada la cantidad de 30.902 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, con imposición de costas a la entidad demandada.

Así, por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado con código de cuenta 2544 la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado junto con el escrito de preparación del mismo, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 164 y 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Cyapart Promociones, Sociedad Limitada”, la precedente resolución.

En Madrid, a 25 de enero de 2010.—Firmado.

(02/870/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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