Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110215-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

120
Divorcio contencioso 1.098 de 2008

En el procedimiento de divorcio contencioso número 1.098 de 2008 se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 17 de noviembre de 2010.—Vistos por la ilustrísima señora doña María Teresa Martín Nájera, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 29 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.098 de 2008, a instancias de doña Mauricia Blázquez Milara, representada por la procuradora doña María Jesús Rivero Ratón, contra don Andrés Valera Matilla, representado por el procurador en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda formulada por la representación de doña Mauricia Blázquez Milara, contra don Andrés Valera Matilla, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído por las partes el 19 de junio de 1990 en Madrid, con todos los efectos legales y, en especial, las siguientes medidas:

1. Los hijos menores de edad quedarán en compañía y bajo la custodia de doña Mauricia Blázquez Milara, si bien la patria potestad continuará ejerciéndose de modo conjunto por ambos padres.

2. No procede cuantificar en este momento la pensión por alimentos.

3. No procede fijar régimen de visitas.

4. No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil en que conste la inscripción de matrimonio de los sujetos al pleito.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Andrés Valera Matilla, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.—El secretario (firmado).

(03/3.948/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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