Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2011

Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110218-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

2
Orden de 15 de octubre de 2010, por la que se nombran Presidente y Secretario de la Junta Arbitral Regional de Consumo, Presidentes de los Colegios Arbitrales de la Junta Arbitral Regional de Consumo, Presidentes de los Colegios Arbitrales Territoriales y Presidentes del Colegio Arbitral de Turismo.

El Sistema Arbitral de Consumo se define en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 57, como el sistema extrajudicial de resolución de conflictos entre los consumidores y usuarios y los empresarios. En esta misma disposición se prevé que su organización, gestión y administración, así como el procedimiento de resolución de conflictos se establecerá reglamentariamente por el Gobierno.

El Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el sistema arbitral de consumo, regula las Juntas Arbitrales de Consumo como órganos administrativos de gestión del arbitraje institucional de consumo que prestan servicios de carácter técnico-administrativo y de secretaría tanto a las partes como a los árbitros. En su artículo 5 establece como Juntas Arbitrales de Consumo, la Junta Arbitral Nacional y las Juntas Arbitrales Territoriales. Estas últimas se constituyen mediante convenio de colaboración entre las Administraciones públicas y el Instituto Nacional del Consumo, en el que podrá preverse la constitución de delegaciones de la Junta Arbitral Territorial, ya sean territoriales o sectoriales.

En el ámbito de la Comunidad de Madrid, la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección al Consumidor, establece entre las competencias de la Comunidad Autónoma, en su artículo 62.2.i), la de fomentar y desarrollar, en colaboración con la Administración del Estado, el sistema arbitral de consumo. Mediante Acuerdo de 23 de febrero de 1993, modificado por Acuerdo de 5 de noviembre de 1997, entre el Instituto Nacional de Consumo y la entonces Consejería de Economía y Empleo, se creó la Junta Arbitral Regional de Consumo, actualmente adscrita a la Consejería de Economía y Hacienda, como titular de la competencia en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores. A la Junta Arbitral Regional de Consumo le corresponden las funciones de gestión y desarrollo del sistema arbitral del consumo en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Para su ejercicio, el artículo 20 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, prevé dos tipos de órganos arbitrales de solución de conflictos: Los unipersonales y los órganos arbitrales colegiados, también llamados colegios arbitrales. Estos últimos los conforman tres árbitros que actúan de forma colegiada, asumiendo la Presidencia el árbitro propuesto por la Administración, que, en todo caso debe ser licenciado en Derecho, según dispone el artículo 17 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero. En este sentido, el Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 40.2 atribuye al Consejero con competencia en materia de consumo, el nombramiento de los Presidentes y Secretarios de la Junta Arbitral de Consumo y de los Colegios Arbitrales. La presente Orden tiene por objeto, entre otros, el nombramiento del Presidente y Secretario de la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid y de los Presidentes de los Colegios Arbitrales que de ella dependen.

Por otra parte, como se ha expuesto con anterioridad, el mencionado artículo 5 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, prevé la posibilidad de crear delegaciones territoriales o sectoriales de la Junta Arbitral Territorial. En esta tarea desempeña un papel fundamental el Instituto Regional de Arbitraje de Consumo que, creado mediante el Decreto 246/2001, de 18 de octubre, viene ejerciendo sus tareas de tutela y apoyo a la Junta de Arbitraje Regional de Consumo, y, en concreto, ha sido el motor de la creación de delegaciones territoriales y sectoriales de la misma. En efecto, la Comunidad de Madrid, en su política general de acercamiento de los servicios públicos al ciudadano, firmó convenios con diversos Ayuntamientos, a través de los cuales se han creado, por Resolución de la Gerente del Instituto Regional de Consumo, seis Colegios Arbitrales Territoriales en los municipios de Alcorcón, Collado Villalba, Galapagar, Móstoles, Rivas-Vaciamadrid y San Fernando de Henares, en los que se resuelven las solicitudes de arbitraje de los consumidores en ellas residentes. Mediante la presente Orden procede actualizar los nombramientos de los Presidentes de cada uno de los referidos Colegios Arbitrales Territoriales.

A su vez, mediante Resolución de 9 de febrero de 2010 de la Gerencia del Instituto Regional de Arbitraje, se constituyó el Colegio Arbitral de Turismo como una delegación sectorial de la Junta Arbitral Regional. En la presente Orden se designa a los Presidentes del citado Colegio Arbitral.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en la referida normativa y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 40.2 del Decreto 1/2010, de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Primero

Designar al Presidente y Secretario de la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid:

Presidenta titular: Doña Carmen Martín Villa.

Presidente suplente primero: Don José Amós García Díaz.

Presidenta suplente segunda: Doña Paloma Vicent García.

Secretario titular: Don Rodolfo Nicolás Gómez Gómez.

Secretaria suplente: Doña Carmen Fernández Herrero.

Segundo

Designar a los Presidentes de los Colegios Arbitrales de la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid:

Doña Begoña Piédrola Alexandre.

Doña Carmen Fernández Herrero.

Don José Amós García Díaz.

Doña Melania Navarro Fuentes.

Doña Paloma Vicent García.

Don Rodolfo Nicolás Gómez Gómez.

Doña Soledad Ballesteros Plaza.

Tercero

Designar como Presidentes de los Colegios Arbitrales Territoriales de la Junta Arbitral Regional de Consumo de la Comunidad de Madrid, a:

— Colegio Arbitral Territorial de Alcorcón:

Doña Sofía García Secades.

Doña Isidra Rol Ávila.

— Colegio Arbitral Territorial de Collado-Villalba:

Don Roberto González Lara.

Doña Patricia Aragón Pardo.

— Colegio Arbitral Territorial de Galapagar:

Doña Concepción Martín-Carrillo Domínguez.

Don Alfonso Madrid Leboso.

— Colegio Arbitral Territorial de Móstoles:

Doña Mercedes César Pérez.

Don Ignacio Alonso Pérez.

— Colegio Arbitral Territorial de Rivas-Vaciamadrid:

Doña Laura Pardo Fernández.

Don Enrique Hidalgo Esperanza.

— Colegio Arbitral Territorial de San Fernando de Henares:

Don Carlos Rodríguez Rodríguez

Doña Ana González Aguirre.

Cuarto

Designar como Presidentes del Colegio Arbitral de Turismo de la Junta Arbitral Regional a:

Don Francisco Sánchez González.

Don Andrés Fragua Berasain.

Don Fermín Ruiz Gómez.

Quinto

Quedan sin efecto los nombramientos efectuados con anterioridad a la presente Orden.

Sexto

La presente Orden surtirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 15 de octubre de 2010.

El Consejero de Economía y Hacienda, ANTONIO BETETA BARREDA

(03/5.437/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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