Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110218-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Tasa instalación cajeros automáticos fachadas inmuebles

Habiéndose aprobado por decreto del señor concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio el padrón correspondiente a la tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública del ejercicio 2011, se ha dispuesto lo siguiente:

Se establece como plazo de pago en período voluntario del 18 de febrero al 18 de abril de 2011, o inmediato día hábil posterior si el último día es inhábil.

Los citados recibos podrán abonarse en los plazos señalados en cualquier oficina bancaria de las que figuran en los recibos en horario normal de atención al público.

Haciéndose constar que se notificarán colectivamente los respectivos recibos mediante la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como a través de edictos que lo adviertan, todo ello a tenor de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la vigente Ley General Tributaria.

Contra dichos recibos se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio, contado desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública del padrón.

Dicho padrón se expondrá al público por un plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de reclamaciones por las personas interesadas.

Alcalá de Henares, a 10 de febrero de 2011.—El concejal-delegado de Hacienda y Patrimonio, Gonzalo Garrido de Oro.

(02/1.477/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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