Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
22-02-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110222-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

188
Demanda 1.154 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.154 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Verónica Ropero Ríos, contra la empresa “Gesmar Administración de Fincas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 30 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Verónica Ropero Ríos, contra “Gesmar Administración de Fincas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia de la decisión empresarial extintiva del contrato por amortización del puesto de trabajo en aplicación de lo establecido en el artículo 52.1.c) del Estatuto de los Trabajadores y conforme a lo dispuesto en los artículos citados, debo declarar y declaro extinguida con esta fecha la relación laboral vigente entre las partes litigantes, condenando a la empresa demandada a que abone a la trabajadora doña Verónica Ropero Ríos la cantidad de 5.179,48 euros por concepto de indemnización y la cantidad de 4.032,93 euros en concepto de salarios de trámite.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gesmar Administración de Fincas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.063/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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