Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110224-372

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 2

EDICTO

372
Ejecución 130 de 2010

Que en virtud de lo acordado en los autos número 130 de 2010, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral, 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Puntos Integrales de Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Conjuntos Integrales de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, y “Profesionales en Distribución de Canal, Sociedad Limitada” (PRODISCAN).

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a las ejecutadas “Puntos Integrales de Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Conjuntos Integrales de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, y “Profesionales en Distribución de Canal, Sociedad Limitada” (PRODISCAN), en situación de insolvencia total por importe de 8.492,95 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante el secretario judicial que dicta esta resolución interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Bajo apercibimiento de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial. Insértese un extracto de la resolución/la cédula en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 24 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.907/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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