Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2011

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110224-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

EDICTO

115
Juicio de faltas 1.133 de 2010

Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 (antiguo mixto número 7) de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.133 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcalá de Henares, a 25 de octubre de 2010.—Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de faltas de enjuiciamiento inmediato número 1.133 de 2010, seguidos por una falta de hurto, en los que han sido partes, además del ministerio fiscal: don Roberto Bollada Botello, como denunciante, y don Auram Mihai y don Peter Amir Musa, en calidad de denunciados, convengo señalar el siguiente

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Auram Mihai y don Peter Amir Musa, como autores de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 6 euros, a cada uno de ellos, con la responsabilidad personal y subsidiaria del artículo 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, debiendo indemnizar ambos, solidariamente, a “Hipercor” en la cantidad de 50,20 euros en concepto de responsabilidad civil.

Y para que sirva de notificación de sentencia a don Auram Mihai y a don Peter Amir Musa y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Alcalá de Henares, a 7 de enero de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/4.310/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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