Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2011

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110224-376

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

376
Juicio verbal 1 de 2010

Don Antonio Raimúndez Rodríguez, secretario del Juzgado de violencia sobre la mujer número 3 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio verbal sobre relaciones paterno-filiales 1 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 1 de diciembre de 2010.—Vistos por doña María Gracia Parera de Cáceres los autos de juicio verbal número 1 de 2010, a instancias de doña Lorena Gálvez Royon, representada por el procurador don Antonio Esteban Sánchez contra don Lorenzo Selles González, siendo parte el ministerio fiscal, en los que se ha dictado esta resolución.

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación de doña Lorena Gálvez Royon contra don Lorenzo Selles González, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:

1. La guardia y custodia de los descendientes comunes se atribuye a la su madre doña Lorena Gálvez, quedando compartida la patria potestad.

2. Se establece en concepto de régimen de visitas el consistente en que el padre deberá estar en compañía de la descendiente común los fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo a las veinte horas, fiestas intersemanales alternas y la mitad de las vacaciones de verano, Navidad y Semana Santa, eligiendo el padre los años pares y la madre los impares.

3. Don Lorenzo Selles deberá abonar en concepto de alimentos una pensión, a favor de los descendientes comunes, consistente en el 20 por 100 del salario o prestación que en su caso perciba, en concepto de pensión alimenticia para cada uno de los hijos, así como la mitad de los gastos extraordinarios. Dichas cantidades deberán ser satisfechas dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe la actora, actualizándose anualmente conforme a las variaciones del IPC, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística o el que legalmente le sustituya.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Lorenzo Selles González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 17 de enero de 2011.—El secretario (firmado).

(03/4.340/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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