Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
07-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110307-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

195
Demanda 866 de 2010

Doña María Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 866 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Catalina Yuste Herranz, contra la empresa “Indian Ocean Trading Company, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 4 de febrero de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo: Únase a los autos de su razón anterior escrito de doña Catalina Yuste Herranz, presentado en el Decanato el 3 de febrero de 2011, que ha sido recibido en este Juzgado el 4 de febrero de 2011, dese traslado a las partes.

Tener por desistida a doña Catalina Yuste Herranz de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.

Notifíquese la presente resolución a “Indian Ocean Trading Company, Sociedad Limitada”, a través de edicto a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Indian Ocean Trading Company, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.418/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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