Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
07-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110307-154

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

154
Demanda 109 de 2011

Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 109 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Emilia Muthi, don Juan Antonio Díaz Brea, don Gladys Judith Álvarez Correa y doña Nieves Alonso Vicente, contra las empresas “Clequali, Sociedad Limitada”, “Indra BMB Servicios Digitales, Sociedad Anónima”, y “Thales Transport Signalling & Security Solutions, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Emilia Muthi, don Juan Antonio Díaz Brea, don Gladys Judith Álvarez Correa y doña Nieves Alonso Vicente, frente a “Clequali, Sociedad Limitada”, “Indra BMB Servicios Digitales, Sociedad Anónima”, y “Thales Transport Signalling & Security Solutions, Sociedad Anónima Unipersonal”, que se sustanciará por las reglas de despido.

2. Cítese a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 12 de abril de 2011, a las once y veinte horas de su mañana.

3. Dado que el domicilio de la codemandada “Thales Transport Signalling & Security Solutions, Sociedad Anónima Unipersonal”, figura como desconocido en el acta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, cítese a la misma a través del Servicio Común de Embargos y Notificaciones y de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Clequali, Sociedad Limitada”, “Indra BMB Servicios Digitales, Sociedad Anónima”, y “Thales Transport Signalling & Security Solutions, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.528/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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