Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110309-346

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 10

EDICTO

346
Autos 6 de 2011

Doña Fátima Elorza Arizmendi, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en los autos de modificación de condición sustancial número 6 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Pilar Rodríguez Losada, contra Fondo de Garantía Salarial, “Limpiezas Integrales de Autobuses, Sociedad Limitada”, “Limpiezas Alarcón, Sociedad Limitada”, y “Limpiezas Abando, Sociedad Limitada”, sobre modificación sustancial, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

Secretaria judicial, doña Fátima Elorza Arizmendi.—En Bilbao (Bizkaia), a 16 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

Se suspenden los actos de conciliación y juicio señalados para el día 24 de febrero de 2011, a las diez y veinte horas.

Se señala nuevamente para dichos actos el día 24 de marzo, a las nueve y cuarenta horas.

Comuníquese el nuevo señalamiento al tribunal a los efectos previstos en el artículo 182.5 de la Ley de Enjuciamiento Civil, así como a las partes e interesados afectados, a los que se hará saber que se mantienen las prevenciones efectuadas en la anterior convocatoria.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Limpiezas Integrales de Autobuses, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 16 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.981/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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