Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110309-210

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

210
Ejecución 2 de 2011

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 2 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sandalio Sánchez Martín y don Jesús Tejero Serrano, contra la empresa “Carlos Nieto, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de ejecución de fecha 2 de febrero de 2011 siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Ángel Juan Alonso Boggiero.—En Madrid, a 2 de febrero de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, don Sandalio Sánchez Martín y don Jesús Tejero Serrano, frente a “Carlos Nieto, Sociedad Anónima”, por importe de 47.490,18 euros, en concepto de principal, correspondiendo a cada uno de los actores las siguientes sumas:

A don Sandalio Sánchez Martín: 25.331 euros.

A don Jesús Tejero Serrano: 22.159,18 euros.

Más otros 7.598,42 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Requerir a la mercantil demandada a fin de que en el plazo de quince días proceda a informar a este Juzgado quiénes son los representantes de los trabajadores.

Decreto:

Secretaria judicial, doña María Isabel Tirado Gutiérrez.—En Madrid, a 2 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas y desconociéndose bienes concretos, acuerdo: Proceder a la averiguación de los mismos, pudiendo acceder a dicha información a través de la Oficina de Averiguación Patrimonial.

Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, librándose oficios a las principales entidades bancarias y a la Agencia Tributaria y a los pertinentes organismo y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes por la hacienda pública a la ejecutada, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número 2511/0000/00/número de expediente y año, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convengan y designar los bienes de la deudora principal que le consten.

Requerir a “Carlos Nieto, Sociedad Anónima”, a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Carlos Nieto, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.096/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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