Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110309-223

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

223
Ejecución 130 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.317 de 2008, ejecución número 130 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gabriel Carrasco Zarco y don José Luis Zaballos Barajas, contra don José Ángel Argudo Ochoa, sobre despido, se ha dictado auto de insolvencia de fecha 7 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

Secretaria judicial de lo social, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 7 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar al ejecutado don José Ángel Argudo Ochoa en situación de insolvencia total por importe de 41.330,31 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Del principal acumulado de 41.330,31 euros corresponde a don Gabriel Carrasco Zarco la cantidad de 20.080,39 euros y a don José Luis Zaballos Barajas 21.249,92 euros.

c) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma don José Ángel Argudo Ochoa, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.831/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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