Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 57

Fecha del Boletín 
09-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110309-256

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

256
Ejecución 35 de 2010

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 35 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lucila Villagra Pereira, contra doña Alicia García Recio don Ángel Martín Hernández, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada por importe de 289,32 euros, a cuyo pago resultan condenados los ejecutados, doña Alicia García Recio y don Ángel Martín Hernández, en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 38,50 euros, en concepto de intereses, y del letrado D, la cantidad de 120,50 euros, en concepto de parte de honorarios, expidiéndose los correspondientes mandamientos de devolución que serán expedidos, una vez firme la presente resolución, o mediante transferencia de la citada cantidad a las cuentas corrientes de las que sean titulares, facilitándolo, en el plazo de veinticuatro horas, mediante escrito remitido por fax al número 914 935 315, adjuntando copia del documento nacional de identidad y del documento que acredite dicha titularidad. Se hace saber que los mandamientos de devolución caducan en el plazo de tres meses.

Faltando por satisfacer el resto de honorarios, por importe de 130,32 euros, requiéranse a los ejecutados, doña Alicia García Recio y a don Ángel Martín Hernández para que en el improrrogable plazo de cinco días, efectúen dicho ingreso en la cuenta de este Juzgado abierta en el “Banesto” con el número 2516/0000/64/0035/10, bajo apercibimiento de que en caso de no efectuarse, se procederá por la vía de apremio.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Alicia García Recio y don Ángel Martín Hernández, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.944/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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