Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110310-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

110
Divorcio contencioso 418 de 2010

Don Salvador González Bascueña, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 418 de 2010, sobre divorcio, promovidos por doña María Lourdes Fernández Pereira, representado por la procuradora doña María Isabel Torres Coello, contra don Carlos Adolfo García Blanco, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a la mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 10 de enero de 2011, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Estimar la demanda interpuesta y declarar disuelto por divorcio el matrimonio celebrado el día 23 de julio de 1993 entre don Carlos Adolfo García Blanco y doña María Lourdes Fernández Pereira, con efectos inherentes a dicha declaración.

No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Comuníquese de oficio la presente resolución al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de las partes a los efectos de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley del Registro Civil y en el artículo 264 de su Reglamento.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe preparar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días en la forma prevista en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo preceptiva para su admisión la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado abierta en “Banesto” (número 2451/0000/00/número procedimiento/año procedimiento) o el ingreso de dicha cantidad mediante transferencia a la cuenta corriente número 0030/1835/20/9999999999, definitivamente juzgando en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Firmada la anterior resolución es entregada en esta Secretaría para su notificación, dándose publicidad en legal forma, y se expide certificación literal de la misma para su unión en los autos.—Doy fe.

Haciéndole saber que contra la referida sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en término de cinco días por medio de abogado y procurador.

Y para que sirva de notificación en forma a don Carlos don Adolfo García Blanco, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 2 de febrero de 2011.—El secretario (firmado).

(02/1.876/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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