Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 58

Fecha del Boletín 
10-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110310-151

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Demanda 234 de 2010

Doña Regina María González Lozano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 234 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Rodríguez Pérez, contra Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras, sobre ordinario, se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 42 de 2011

En Madrid, a 3 de febrero de 2011.—Don Juan José del Águila Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre partes: de una, como demandante, doña María José Rodríguez Pérez, que comparece asistida del letrado don Pedro Meced Martínez, y de otra, como demandada, Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debía estimar la demanda interpuesta por doña María José Rodríguez Pérez, en concepto de reclamación de cantidad, contra Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras, condenando a la demandada al pago de la cantidad de 6.997,62 euros en concepto de principal reclamado, más 699,76 euros en concepto de interés por mora.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María José Rodríguez Pérez y Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.240/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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