Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
11-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110311-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

157
Ejecución 325 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 325 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Dinka, contra las empresas “Estrella Publicidad, Sociedad Limitada”, y “Esydesa Formas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de ejecución del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Ángel Luis del Olmo Torres.—En Madrid, a 24 de enero de 2011.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor del ejecutante don Pedro Dinka, frente a las ejecutadas “Estrella Publicidad, Sociedad Limitada”, y “Esydesa Formas, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.792,25 euros, más 167,53 euros de intereses y 279,22 euros de costas.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a las ejecutadas “Estrella Publicidad, Sociedad Limitada”, y “Esydesa Formas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 24 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.107/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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